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La Tributación del Traspaso o Cesión de Negocio

La Tributación del Traspaso o Cesión de Negocio

2023-05-12 09:51:46

LA TRIBUTACIÓN DEL TRASPASO O CESIÓN DE NEGOCIO.
 
En una operación de traspaso o cesión de negocio no sólo intervienen el cedente y el cesionario sino también el propietario del local, en aquellos supuestos en los que no coincide la figura del propietario y del cedente, que suele ser en la mayoría de las ocasiones. Por ello, en este post os informamos brevemente de la tributación que afecta a las partes intervinientes en una operación de traspaso de negocio: cedente, cesionario y arrendador o propietario del local.
 
  1. En cuanto a la operación realizada entre el cedente y el cesionario, la operación de traspaso o cesión de negocio no está sujeta a IVA ni a ITP (impuesto de transmisiones patrimoniales), siempre que se transmita el negocio en su totalidad y que el adquirente del negocio o cesionario continúe ejerciendo la misma actividad económica que ejercía el transmitente o cedente.No obstante, si se produce una venta de inmovilizado (ej. mobiliario, maquinaria…) como elemento separado de la cesión o traspaso de negocio, deberemos suscribir un contrato de compraventa y los bienes muebles que se transmitan de este modo estarán sujetos a IVA, excepto si los vehículos que tributarán por ITP.
  2. Respecto a la operación realizada entre el cedente del negocio y el arrendador del local de negocio, siempre que este último perciba un porcentaje del importe de la cesión o traspaso del negocio, deberá liquidar el IVA previa emisión de la correspondiente factura emitida al cedente.
  3. En relación a la renta o cantidad obtenida por el traspaso:
Para el cedente del negocio, su tributación en el IRPF será en concepto de ganancia patrimonial (importe del traspaso menos valor neto) o IS en caso de tratarse de una mercantil.
Para el arrendador o propietario del local de negocio, tributará en el IRPF como rendimiento del capital inmobiliario.
 
 
 

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