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COVID-19, Apoyo a los autónomos y empresas

COVID-19 apoyo a autónomos y empresas PYMEs

2023-05-12 09:43:14

¿Cuáles son las medidas propuestas por el gobierno en el real decreto ley 11/2020?

La crisis sanitaria nos ha llevado de forma prácticamente inmediata, motivo por el que el Gobierno ha aprobado una serie de medidas que, aunque claramente insuficientes, ayudarán a paliar algunas de las dificultades económicas a las que van a tener que hacer frente las empresas y los pequeños negocios liderados por los valientes autónomos que conforman buena parte de nuestro tejido empresarial.
 
Las principales medidas que afectan a autónomos y empresas dispuestas en el referido Real Decreto 11/2020 son las siguientes:



Respecto a cotizaciones a la Seguridad Social:

  1. Se permite a empresas y autónomos que no tengan en vigor aplazamientos con la Seguridad Social que puedan solicitar el aplazamiento del pago de sus deudas con la Seguridad Social, que deban ingresar entre los meses de abril a junio, con una rebaja del 0,5%.
  2. Los autónomos que hayan suspendido su actividad y pasen a percibir la prestación prevista en el Real Decreto-ley 8/2020, podrán abonar la abonar las cotizaciones del mes de marzo fuera de plazo sin recargo.
  3. Respecto a determinados sectores productivos que tiene como base los ciclos de vida de seres vivos que les dan un carácter estacional, para determinar el derecho a la prestación del art 17 del Real Decreto-ley 8/202, se tendrá en cuenta el resultado de la campaña anterior, no la facturación del semestre anterior.
  4. Para los trabajadores que no están obligados a llevar libros contables, la reducción del 75% de los ingresos podrá ser probada por cualquier medio admitido en derecho.


En cuanto al apoyo a la industrialización:

  1. Se establece que durante un plazo de dos años y medio se podrán refinanciar los préstamos otorgados por la Secretaria de Industria y PYME.
  2. Se aprueba incrementar la dotación del Fondo de Provisiones Técnica (cersa) con 60 millones de euros.
  3. Devolución de los importes abonados por las empresas organizadoras por ICEX por los eventos que han debido cancelarse por fuerza mayor.
  4. Se suspende durante un año sin penalización el pago de intereses y amortizaciones correspondientes a los préstamos concedidos por la Secretaria de Estado de Turismo en el marco de determinados programas.
  5. Las empresas concursadas viables que se hayan visto afectadas por el Covid-19 podrán acceder a un ERTE.


En relación con la flexibilización en materia de suministros para PYMEs y autónomos:

  1. Se permite a los autónomos y empresas que puedan suspender temporalmente sus contratos de suministro o modificarlos sin penalización. También podrán cambiar la potencia contratada y volver a modificarla una vez finalizado el estado de alarma sin coste alguno. De esa forma se reduce el gasto de los conceptos fijos de las facturas.
  2. Los autónomos y PYME’s podrán suspender el pago de las facturas de electricidad, gas natural y determinados derivados del petróleo.
 
Respecto a la moratoria de pago de las hipotecas, se extiende a autónomos, empresarios y profesionales respecto a los inmuebles afectos a su actividad económica.
 
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