3 Aspectos fiscales a tener en cuenta en el traspaso de un negocio
2018-10-27 21:47:49
3 aspectos fiscales a tener en cuenta en el traspaso de un negocio.
Si estás decidido a traspasar un negocio debes tener en cuenta las obligaciones fiscales que conlleva y a las que vas a estar sometido.
En esta entrada compartimos tres importantes aspectos fiscales al valorar el traspaso de un negocio.
Es fundamental conocer bien el estado de las cuentas pendientes de liquidación en el momento del traspaso, pues como nuevo propietario estás obligado por las deudas tributarias anteriores no satisfechas en el momento de la transacción. Pedir un certificado es el mejor modo de asegurarte de que al precio que vas a pagar no se sumarán gastos posteriores en asuntos fiscales. Ten en cuenta que la hacienda tributaria se dirigirá primero al antiguo propietario, pero en caso de que no disponga de bienes suficientes, y previa declaración de fallido, podrá exigirte responsabilidades.
Las deudas tributarias transmisibles son las ligadas al ejercicio de la actividad, como el IVA, el IAE o cualquier otro impuesto derivado de la actividad.
Sin embargo, las deudas tributarias que haya generado el anterior propietario a nivel personal, como el IRPF o el Impuesto de Sociedades, no son transmisibles.
El impuesto de sociedades solo será exigible al nuevo propietario tras el traspaso de las actividades del objeto social.
Por ello la recomendación de los expertos es pedir a la Administración el certificado detallado de las deudas tributarias de la empresa que se va a traspasar. En caso de que sea negativo, o la Administración se demore más de dos meses, quedarías eximido de la responsabilidad por las deudas pendientes de liquidación antes del traspaso del negocio.
En esta entrada compartimos tres importantes aspectos fiscales al valorar el traspaso de un negocio.
Es fundamental conocer bien el estado de las cuentas pendientes de liquidación en el momento del traspaso, pues como nuevo propietario estás obligado por las deudas tributarias anteriores no satisfechas en el momento de la transacción. Pedir un certificado es el mejor modo de asegurarte de que al precio que vas a pagar no se sumarán gastos posteriores en asuntos fiscales. Ten en cuenta que la hacienda tributaria se dirigirá primero al antiguo propietario, pero en caso de que no disponga de bienes suficientes, y previa declaración de fallido, podrá exigirte responsabilidades.
Las deudas tributarias transmisibles son las ligadas al ejercicio de la actividad, como el IVA, el IAE o cualquier otro impuesto derivado de la actividad.
Sin embargo, las deudas tributarias que haya generado el anterior propietario a nivel personal, como el IRPF o el Impuesto de Sociedades, no son transmisibles.
El impuesto de sociedades solo será exigible al nuevo propietario tras el traspaso de las actividades del objeto social.
Por ello la recomendación de los expertos es pedir a la Administración el certificado detallado de las deudas tributarias de la empresa que se va a traspasar. En caso de que sea negativo, o la Administración se demore más de dos meses, quedarías eximido de la responsabilidad por las deudas pendientes de liquidación antes del traspaso del negocio.